Asignación del noveno y medio al Hospital Real de San Miguel

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Asignación del noveno y medio al Hospital Real de San Miguel

Signatura:

GUADALAJARA,233,L.10,F.273R-275V

Fecha Creación:

1719-01-15 , El Pardo

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Simple

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/24//GUADALAJARA,233,L.10,F.273R-275V

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Indias (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Real Cédula a [Tomás Terán de los Ríos], presidente de la Audiencia de Guadalajara, sobre las representación que hizo fray Juan de Jesús, religioso betlemita, prefecto del Hospital Real de San Miguel, al que le está asignado el noveno y medio de los diezmos del obispado para la manutención de los enfermos, libre de deducción alguna, el cabildo eclesiástico ha sacado indebidamente de este noveno y medio los gastos que ocasiona el recibimiento de los obispos y el 3% para el Colegio Seminario de Guadalajara, siendo los ingresos insuficientes para el mantenimiento del Hospital y suplicaba que se despachase Cédula para que el cabildo restituyese al Hospital las cantidades que se le habían quitado y que en adelante se pagase enteramente el noveno y medio. Visto en el Consejo de Indias, junto con otra representación del deán y cabildo eclesiástico en que contradecía lo dicho por fray Juan de Jesús y suplicaban que se le diese traslado de cualquier pretensión que se hiciese por parte de los religiosos betlemitas del Hospital de San Miguel y que si en caso de habérseles concedido alguna cosa en esta razón, se suspendiese, y también lo que ha escrito Juan Picado Pacheco, fiscal de dicha Audiencia, en cartas de 8 de septiembre de 1715 y de 26 de enero de 1717, sobre los motivos que concurrían para que al referido Hospital no se le cobren los gastos de recibimientos de obispos ni 3% y solicitaba la restitución de lo cobrado indebidamente a la institución desde 1705, y también lo que ha escrito el obispo de esa ciudad, le ordena por la presente Cédula determinar conforme a derecho y remitir testimonio íntegro al Consejo de Indias, informando también sobre la materia, para tomar la resolución más conveniente.

Notas al margen: "fecho con duplicado"; "Corregido".

Condiciones de Acceso y Uso

Condiciones de accesibilidad generales:

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Condición de accesibilidad a las imágenes:

Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso

Índices de Descripción:

Enfermos

 Notas

Notas:

Se pueden consultar las imágenes en la signatura: GUADALAJARA,233,L.10

Soporte y Volumen

1 Documento(s) en Papel .  3 Hoja(s).