Pago de salarios a los oficiales reales encargados del recobro de vacantes de obispados

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Pago de salarios a los oficiales reales encargados del recobro de vacantes de obispados

Signatura:

GUADALAJARA,233,L.10,F.357R-359V

Fecha Creación:

1719-07-31 , Asiain

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Simple

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/24//GUADALAJARA,233,L.10,F.357R-359V

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Indias (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Real Cedula a los oficiales reales de Guadalajara, en relación con una carta de Pedro Malo de Villavicencio, oidor de dicha Audiencia, 16 de marzo de 1718 en la que daba cuenta de que habiendo sido comisionado para el recobro de vacantes de obispados de aquella jurisdicción, dio varias providencias para que se ajustase la cuenta de Diego Camacho y Ávila, obispo que fue de Guadalajara, y que por una certificación que le dio el contador de rentas de la iglesia, pareció que el importe de dicha vacante en un año, cuatro meses y dos días fue de 28.549 pesos, 3 tomines y 10 granos, de los cuales se ingresaron en la Real Caja 14.679 pesos, 5 tomines y 2 granos, dejando a deber 13.869 pesos, 6 tomines y 8 granos, de los cuales dispuso que se ingresasen 9.756 pesos, 2 tomines y 5 granos, y que se diesen 5.000 pesos al obispo actual por su tercia, para los gastos de viaje y pontificales, y 4.000 a la fábrica de la iglesia, quedando en la idea de igualarla con el obispo de los 4.113 pesos que se quedaban debiendo. De los 756 pesos que restaron, se pagó también 89 pesos, 3 tomines y 6 granos y un tercio, a Juan García de Argomaniz, escribano de esta comisión, que tenía devengado en el tercio que cumplió a fines de diciembre de 1717, sacando el 10% que le correspondía, quedando 666 pesos, 6 tomines y 1 granos, por haber suspendido la paga de los demás salarios a los ministros de ella al considerarlos excesivos. Visto en el Consejo de Indias, junto con los escrito por el oidor José de Miranda Villaizán, juez antecesor en esta materia, en carta de 19 de octubre de 1717, se le comunica que por despachos de 15 de enero de 1719 tiene puesta la comisión de recobro de las vacantes de obispado a cargo de los oficiales de la Real Hacienda de ese reino, sin que puedan gozar más salario que el que tienen asignado con sus plazas, previniéndole para que paguen a los salarios devengados a los ministros que han intervenido en ella, conforme a las reales órdenes y así se le previene por despacho de este día se previene a Pedro Malo de Villavicencio.

Nota al margen: "fecho con Duplicado".

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 Notas

Notas:

Se pueden consultar las imágenes en la signatura: GUADALAJARA,233,L.10

Soporte y Volumen

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