Autos acordados por el Consejo en 1689, 1690 y 1692 sobre disposiciones relativas a notarios del reino y escribanos.

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Autos acordados por el Consejo en 1689, 1690 y 1692 sobre disposiciones relativas a notarios del reino y escribanos.

Signatura:

CONSEJOS,51434,Exp.2    [Signaturas anteriores]

Fecha Formación:

1689  -  1692

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN//CONSEJOS,51434,Exp.2

Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Castilla (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Contiene:
-Auto acordado en 13 de diciembre de 1689 donde se manda que los escribanos y receptores del número tienen que tener una antigüedad de 16 años de servicio para poder optar a notario del reino.
-Auto acordado en 9 de mayo de 1690 donde se manda a los escribanos de cámara que libran provisiones de recursos de fuerza, que no permitan que sean los jueces eclesiásticos quienes otorguen las apelaciones.
- Auto acordado en 18 de julio de 1692 donde se vuelve a mandar que los escribanos y receptores del número tienen que tener una antigüedad de 16 años de servicio para poder optar a notario del reino.

Soporte y Volumen

1 Documento(s) .  Copia certificada. 5 Hoja(s).