Institución - Tribunal de Orden Público (España)

Tribunal de Orden Público (España)

Identificación

Tipo:

Institución

Forma autorizada:

Tribunal de Orden Público (España)Otras formas

Fechas de Existencia:

desde 1963-12-02 hasta 1977-01-04

Historia:

La Ley de 2 de diciembre de 1963 organiza dentro de la jurisdicción ordinaria un Tribunal y un Juzgado de Orden Público a los que "confiere competencia privativa para conocer de los delitos cometidos en todo el territorio nacional, singularizados por la tendencia en mayor o menor gravedad a subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional". A estos organismos se atribuye también el conocimiento de los delitos previstos en la ley de 1 de marzo de 1940, por supresión del Tribunal Especial de Masonería y Comunismo.

El Tribunal de Orden Público se crea con sede en Madrid y tendrá competencia privativa en todo el territorio nacional, pudiéndose reunir en cualquier lugar del mismo.

El Tribunal se compondrá de Presidente, dos magistrados, un fiscal y un secretario.

El art. 3 de la Ley 154/1963 determina que se le confiera competencia privativa para juzgar los hechos delictivos siguientes:

- Contra la seguridad exterior del Estado, contra el Jefe del Estado, las Cortes, Consejo de Ministros y forma de gobierno, con ocasión del ejercicio de los derechos de la persona reconocidos por las leyes, por rebelión, sedición, desórdenes públicos o propagandas ilegales y , siempre que obedezcan a un móvil político o social, los siguientes delitos: detenciones ilegales, sustracción de menores, allanamiento de morada, amenazas y coacciones, descubrimiento y revelación de secretos.

- Aquellos de cuyo conocimiento se inhiba la jurisdicción militar

- Los delitos conexos y las faltas incidentales de los delitos mencionados anteriormente.

- En el caso de declaración del estado de excepción, se constituirán en tribunales de urgencia salvo en lo expresamente atribuido a la Jurisdicción militar. En cuanto a las normas procesales se ajustará a las normas previstas en el procedimiento de urgencia de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con las siguientes modificaciones:

- En todas las causas se decretará prisión incondicional mientras la situación no haya sido completamente normalizada sin que pueda exceder de la pena prevista para el delito que la motive

- Cuando el procesado no se presente continuará el juicio en rebeldía siendo defendido y representado por abogado y procurador de oficio.

Para la instrucción de los sumarios que ha de conocer el Tribunal de Orden Público se crea un Juzgado de Orden Público con jurisdicción en todo el territorio nacional y con sede en Madrid, con facultad de desplazarse a cualquier lugar del territorio. A finales de 1972 se crea el Juzgado de Orden Público nº 2 y se duplica la plantilla del Tribunal como consecuencia del aumento de procedimientos incoados. La sede de los órganos que conformaron esta jurisdicción se situó en Madrid, en concreto en el Palacio de las Salesas.

Durante la vida del Tribunal nos encontramos con la intervención de algunos Juzgados especiales, en particular durante 1968 el Juzgado Especial para delitos cometidos en centros de enseñanza con sede en Madrid y que tramitó los sumarios relativos a delitos cometidos por estudiantes en la Universidad y otros centros de enseñanza o el Juzgado especial de Instrucción de propaganda ilegal del territorio nacional. Además, algunos de los sumarios son instruidos inicialmente por órganos de la Jurisdicción Militar y posteriormente remitidos al Juzgado de Orden público para su continuación y posterior enjuiciamiento en el Tribunal.

La vigencia temporal de esta jurisdicción abarca desde diciembre de 1963 (fecha de creación) y más en concreto desde marzo del año siguiente (fecha de su entrada en vigor) hasta el 4 de enero de 1977 en que se aprobó su extinción por Real Decreto Ley. El gobierno de Adolfo Suárez adoptó en la última reunión del Consejo de Ministros de 1976 la decisión de suprimir el Tribunal y los Juzgados de Orden Público. La desaparición legal se produjo coincidiendo con la publicación de la Ley de la Reforma Política, la creación de la Audiencia Nacional y el traspaso a la misma de los asuntos de terrorismo. Los Juzgados de Instrucción nº 21 y 22 de Madrid asumen las competencias de los Juzgados de Orden Público nº 1 y 2 respectivamente.

Contexto:

La política conmemorativa de los XXV Años de Paz tras la Guerra Civil, diseñada (desarrollada) por el ministro de Información y Turismo, Manuel Fraga, fue un hito enormemente importante en la evolución del régimen franquista. El establecimiento de una nueva jurisdicción, la de Orden Público, fue una manifestación de esos cambios, o al menos de cómo abordar los problemas que, a raíz de las huelgas de los mineros asturianos de 1962 y el impacto del caso Grimau en la comunidad internacional, se le iban a plantear a la dictadura.

El 5 de diciembre de 1963 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 154 por la que se creó el Juzgado y el Tribunal de Orden Público. Pese a que en su artículo tercero se declaraba que éstos quedaban enmarcados dentro de la jurisdicción ordinaria, tanto por los tipos de delitos que se reservaba para sí, como por los nombramientos de sus magistrados, jueces y fiscales, o los procedimientos instructores utilizados, estos nuevos órganos judiciales deben considerarse una jurisdicción especial: la de Orden Público. Ésta vino a sustituir la Jurisdicción militar en la gestión de la represión de las conductas de naturaleza política y de oposición al régimen establecido. Como se declaraba en su preámbulo, la Ley confería a estos nuevos órganos judiciales la competencia privativa para conocer de los delitos cometidos en todo el territorio nacional, singularizados por la tendencia en mayor o menor gravedad subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional, aunque aquéllos que hubiesen causado estragos o alarma social podían sustraerse a la jurisdicción castrense. La dictadura convirtió a esta nueva jurisdicción en una de las piezas claves de su Justicia, situándola al mismo nivel que el Tribunal Supremo, de hecho, ambos órganos judiciales compartieron la sede del Palacio de las Salesas, en Madrid.

Con los XXV Años de Paz, la dictadura disolvió la jurisdicción de Represión de Masonería y Comunismo a la par que creaba la de Orden Público y, a su vez, puso a la jurisdicción militar en un segundo plano en la represión política. Así, se apostaba por una Justicia desarrollista, en palabras de Nicolás Sartorius, en la que se llevaría a cabo una represión civilizada, como diría Juan José del Águila. Sin embargo, esta opción no fue obstáculo para que los delitos calificados de terrorismo fuesen derivados a la jurisdicción castrense, en una España que declaró el estado de excepción y suspendió parte del Fuero de los Españoles en unas cuantas ocasiones. De hecho, la presión social abierta en contra de la dictadura motivo que en 1972 se crease un juzgado instructor nuevo, el número 2, y que se dotase de mayor personal a esta jurisdicción.

Tras el fallecimiento de Franco, el presidente de Gobierno, Adolfo Suárez, firmó el 4 de enero de 1977 el Real Decreto-Ley que suprimía esta jurisdicción. Los delitos pasaban a ser vistos por los Juzgados y Tribunales competentes de acuerdo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que se revertía a la jurisdicción ordinaria, creándose para el caso de Madrid dos nuevos juzgados de instrucción. Los miembros de la jurisdicción suprimida se integraban en la Audiencia Provincial y los Juzgados de Instrucción de Madrid, y las causas no resueltas lo serían por la propia Audiencia.

Recientemente, la denominada Ley de Memoria Histórica de 2007 venía a declarar la ilegitimidad del TOP y sus condenas.

Conceptos/Objetos/Acontecimientos

(Función) Desempeña/lleva a cabo/realiza:

Administración de justicia

Normas/Atribuciones Legales

Descripción:

Ley 45/1959, de 30 de julio, de Orden Público.

Decreto 1794/1960, de 21 de septiembre, revisando, y unificando la Ley de dos de marzo de mil novecientos cuarenta y tres y el Decreto-ley de dieciocho de abril de mil novecientos cuarenta y siete.

Ley 154/1963, de 2 de diciembre, sobre creación del Juzgado y Tribunales de Orden Público

Decreto 248/1964, de 8 de febrero, por el que se dan normas para la liquidación del Tribunal creado por Ley de 1 de marzo de 1940 y se establece una Comisión para el cumplimiento de la disposición transitoria tercera de la Ley 154/1963.

Decreto 579/1968, de 30 de marzo, por el que se crea con carácter provisional un Juzgado de Instrucción con jurisdicción en todo el territorio nacional.

Decreto 2079/1968, de 27 de julio, por el que se suprime el Juzgado de Instrucción creado con carácter provisional por Decreto 579/1968, de 30 de marzo.

Decreto 1314/1972, de 13 de abril, por el que se crea un Juzgado y se amplía la plantilla del Tribunal a que se refiere la Ley 154/1963, de 2 de diciembre.

Ley 42/1974, de 28 de noviembre, de Bases, Orgánica de la Justicia.

Real Decreto-ley por el que se suprimen el Tribunal y Juzgados de Orden Público y se crean en Madrid dos nuevos Juzgados de Instrucción.

Corrección de errores del Real Decreto-ley 2/1977, de 4 de enero, por el que se suprimen el Tribunal y Juzgados de Orden Público y se crean en Madrid dos nuevos Juzgados de Instrucción.

Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

Fuentes

Juan José del Águla: El TOP. La represión de la libertad (1963-1977). Barcelona, 2001.

PARES: Código Referencia: ES.37274.CDMH/-1//

Relaciones

Relaciones temporales :

Audiencia Provincial de Madrid (España)  - Anterior (Es predecesor/a de)

Ver predecesores Ver sucesores

Relaciones jerárquicas :

Juzgado de Orden Público nº 1 (España)  - Superior (controla/supervisa a)

Juzgado de Orden Público nº 2 (España)  - Superior (controla/supervisa a)

Ver descendientes

Relaciones temporales :

Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo (España)  - Posterior (Es sucesor inmediato de - sustituye a; La jurisdicción del Tribunal de Represión de Masonería y Comunismo fue transferida al Tribunal de Orden Público en la Ley 154/1963.)

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Enlaces Externos

Obra publicada en el Catálogo Colectivo de la Red de Bibliotecas de los Archivos Estatales:

El TOP: la represión de la libertad (1963-1977) / Juan José del Águila