Institución - Tribunal de Orden Público (España)

Tribunal de Orden Público (España)

Identificación

Tipo:

Institución

Forma autorizada:

Tribunal de Orden Público (España)Otras formas

Fechas de Existencia:

desde 1964-02-03 hasta 1977-01-05

Historia:

El Tribunal de Orden Público fue creado por la Ley 154/1963, de 2 de diciembre, aunque ésta no entró en vigor hasta el 3 de febrero de 1964, según lo dispuesto en la disposición final primera. Con sede en Madrid y jurisdicción en todo el territorio nacional se crean un tribunal y un juzgado de instrucción "competencia privativa para conocer de los delitos cometidos en todo el territorio nacional, singularizados por la tendencia, en mayor o menor gravedad, a subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional".

Competencias

Los delitos que constituyen el ámbito de competencia del tribunal se enumeran en el artículo 3 de la ley:

- Contra la seguridad exterior del Estado, contra el Jefe del Estado, las Cortes, el Consejo de Ministros y la forma de gobierno, así como los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos de la persona reconocidos por las leyes, por rebelión, sedición, desórdenes públicos o propagandas ilegales y, siempre que obedezcan a un móvil político o social, los siguientes delitos: detenciones ilegales, sustracción de menores, allanamiento de morada, amenazas y coacciones, descubrimiento y revelación de secretos. Todos estos delitos estaban tipificados en el Código Penal de 1944.

- Aquellos de cuyo conocimiento se inhiba la jurisdicción militar.

- Los delitos conexos y las faltas incidentales de los delitos mencionados anteriormente.

- En el caso de declaración del estado de excepción el Tribunal de Orden Público se constituía también como Tribunal de Urgencia en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley de Orden Publico de 1959.

Por otra parte, en su disposición final cuarta la Ley 154/1963 dispone la supresión del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo creado por la Ley de 1 de marzo de 1940 y que sus competencias pasen también al Tribunal de Orden Público y su juzgado de instrucción.

Procedimiento

Para la instrucción de las causas el juzgado y el tribunal habrían de seguir las normas del procedimiento de urgencia regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero con las modificaciones establecidas en el artículo 9 de la Ley 154/1963.

- En todas las causas se decretará prisión incondicional mientras la situación no haya sido completamente normalizada, sin que pueda exceder de la pena prevista para el delito que la motive.

- Cuando el procesado no se presente, continuará el juicio en rebeldía siendo defendido y representado por abogado y procurador de oficio.

Composición

La composición inicial del Tribunal de Orden Público era de un presidente y dos magistrados asistidos por un fiscal y un secretario judicial.

Para la instrucción de los sumarios se crea el Juzgado de Orden Público y se nombra a un magistrado como juez instructor. Aunque tenía su sede en Madrid este juzgado tenía la potestad de desplazarse a cualquier parte del territorio cuando su actuación así lo requiriese.

En virtud del Decreto 1314/1972, de 13 de abril, se creaba un segundo juzgado de instrucción y se incrementaba la plantilla del tribunal con otros dos magistrados y otro fiscal.

La sede del tribunal y los juzgados estuvo en el Palacio de Justicia, en el antiguo convento de las Salesas Reales de Madrid.

Supresión de la jurisdicción de orden público

El tribunal y los dos juzgados fueron suprimidos por el Real Decreto-Ley 2/1977, de 4 de enero. En su lugar se crean en Madrid dos nuevos juzgados de instrucción, los números 21 y 22, que se harán cargo de los archivos y de los asuntos pendientes de los dos juzgados de orden públicos suprimidos, continuando la tramitación de los procedimientos en curso conforme a las normas procesales aplicables en las fechas de su incoación.

Asimismo, en su disposición transitoria séptima el Real Decreto-Ley establece que "los archivos del Tribunal de Orden Público y las causas que en él se hallen en trámite pasarán a la Sección de la Audiencia Provincial de Madrid a que queden adscritos los Juzgados de Instrucción creados por el presente Real Decreto-ley, cuya Sección continuará y ultimará las causas pendientes por las normas de enjuiciamiento en vigor en las fechas de su iniciación".

El Gobierno presidido por Adolfo Suárez adoptó la decisión de suprimir estos órganos en la última reunión del Consejo de Ministros celebrada en 1976. El Real Decreto-Ley 2/1977 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el mismo día que la Ley para la Reforma Política y el Real Decreto-Ley de creación de la Audiencia Nacional, que asumía algunas de las competencias del antiguo Tribunal de Orden Público.

Segundo franquismo, 1959-1975

Fecha del evento: 1959 - 1975

 

Contexto:

La política conmemorativa de los XXV Años de Paz tras la Guerra Civil, diseñada (desarrollada) por el ministro de Información y Turismo, Manuel Fraga, fue un hito enormemente importante en la evolución del régimen franquista. El establecimiento de una nueva jurisdicción, la de Orden Público, fue una manifestación de esos cambios, o al menos de cómo abordar los problemas que, a raíz de las huelgas de los mineros asturianos de 1962 y el impacto del caso Grimau en la comunidad internacional, se le iban a plantear a la dictadura.

El 5 de diciembre de 1963 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 154 por la que se creó el Juzgado y el Tribunal de Orden Público. Pese a que en su artículo tercero se declaraba que éstos quedaban enmarcados dentro de la jurisdicción ordinaria, tanto por los tipos de delitos que se reservaba para sí, como por los nombramientos de sus magistrados, jueces y fiscales, o los procedimientos instructores utilizados, estos nuevos órganos judiciales deben considerarse una jurisdicción especial: la de Orden Público. Ésta vino a sustituir la Jurisdicción militar en la gestión de la represión de las conductas de naturaleza política y de oposición al régimen establecido. Como se declaraba en su preámbulo, la Ley confería a estos nuevos órganos judiciales la competencia privativa para conocer de los delitos cometidos en todo el territorio nacional, singularizados por la tendencia en mayor o menor gravedad subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional, aunque aquéllos que hubiesen causado estragos o alarma social podían sustraerse a la jurisdicción castrense. La dictadura convirtió a esta nueva jurisdicción en una de las piezas claves de su Justicia, situándola al mismo nivel que el Tribunal Supremo, de hecho, ambos órganos judiciales compartieron la sede del Palacio de las Salesas, en Madrid.

Con los XXV Años de Paz, la dictadura disolvió la jurisdicción de Represión de Masonería y Comunismo a la par que creaba la de Orden Público y, a su vez, puso a la jurisdicción militar en un segundo plano en la represión política. Así, se apostaba por una Justicia desarrollista, en palabras de Nicolás Sartorius, en la que se llevaría a cabo una represión civilizada, como diría Juan José del Águila. Sin embargo, esta opción no fue obstáculo para que los delitos calificados de terrorismo fuesen derivados a la jurisdicción castrense, en una España que declaró el estado de excepción y suspendió parte del Fuero de los Españoles en unas cuantas ocasiones. De hecho, la presión social abierta en contra de la dictadura motivo que en 1972 se crease un juzgado instructor nuevo, el número 2, y que se dotase de mayor personal a esta jurisdicción.

Tras el fallecimiento de Franco, el presidente de Gobierno, Adolfo Suárez, firmó el 4 de enero de 1977 el Real Decreto-Ley que suprimía esta jurisdicción. Los delitos pasaban a ser vistos por los Juzgados y Tribunales competentes de acuerdo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que se revertía a la jurisdicción ordinaria, creándose para el caso de Madrid dos nuevos juzgados de instrucción. Los miembros de la jurisdicción suprimida se integraban en la Audiencia Provincial y los Juzgados de Instrucción de Madrid, y las causas no resueltas lo serían por la propia Audiencia.

Recientemente, la denominada Ley de Memoria Histórica de 2007 venía a declarar la ilegitimidad del TOP y sus condenas.

Lugares

localización:

Madrid (España)

area jurisdiccional:

España

Conceptos/Objetos/Acontecimientos

(Función) Desempeña/lleva a cabo/realiza:

Represión política

Normas/Atribuciones Legales

Descripción:

- Ley 154/1963, de 2 de diciembre, sobre creación del juzgado y tribunales de orden público (BOE número 291, de 5 de diciembre de 1963, páginas 16985 a 16987).

- Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

- Decreto de 23 de diciembre de 1944 por el que se aprueba y promulga el Código Penal, texto refundido de 1944 (BOE número 13, de 13 de enero de 1945, páginas 427 a 472).

- Ley 45/1959, de 30 de julio de Orden Público (BOE número 182, de 31 de julio de 1959, páginas 10365 a 10370).

- Decreto 1794/1960, de 21 de septiembre, revisando y unificando la ley de 2 de marzo de 1943 y el Decreto-Ley de 18 de abril de 1947 (BOE número 231, de 26 de septiembre de 1960, páginas 13405 a 13406).

- Decreto 248/1964, de 8 de febrero, por el que se dan normas para la liquidación del Tribunal creado por Ley de 1 de marzo de 1940 y se establece una Comisión para el cumplimiento de la disposición transitoria tercera de la Ley 154/1963 (BOE número 36, de 11 de febrero de 1964, páginas 1811 a 1812).

- Ley 43/1971, de 15 de noviembre, modificando los artículos 226, 707 y 709 del Código de Justicia Militar (BOE número 274, de 16 de noviembre de 1971, páginas 18415 a 18415).

- Decreto 1314/1972, de 13 de abril, por el que se crea un juzgado y se amplía la plantilla del tribunal a que se refiere la ley 154/1963, de 2 de diciembre (BOE número 128, de 29 de mayo de 1972, páginas 9454 a 9454).

- Ley 42/1974, de 28 de noviembre, de Bases, Orgánica de la Justicia (BOE número 287, de 30 de noviembre de 1974, páginas 24355 a 24369).

- Real Decreto-Ley 2/1977, de 4 de enero, por el que se suprimen el Tribunal y Juzgados de Orden Público y se crean en Madrid dos nuevos Juzgados de Instrucción (BOE número 4, de 5 de enero de 1977, páginas 174 a 175).

Fuentes

Águila Torres, Juan José del. El TOP: la represión de la libertad (1963-1977). Madrid. Fundación Abogados de Atocha, Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. 2020.

Relaciones

Relaciones temporales :

Audiencia Provincial de Madrid (España)  - Anterior (Es predecesor/a de)

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Relaciones jerárquicas :

Juzgado de Orden Público nº 1 (España)  - Superior (controla/supervisa a)

Juzgado de Orden Público nº 2 (España)  - Superior (controla/supervisa a)

Ver descendientes

Relaciones temporales :

Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo (España)  - Posterior (Es sucesor inmediato de - sustituye a; La jurisdicción del Tribunal de Represión de Masonería y Comunismo fue transferida al Tribunal de Orden Público en la Ley 154/1963.)

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Enlaces Externos