Real cédula a Domingo de Orive, aceptando que la prórroga que se concedió de la merced que tienen los vecinos de la isla de Cuba, de que no se paguen en Sevilla más que la mitad de los derechos que se deben, empiece a correr desde el cumplimiento de la anterior.
SANTO_DOMINGO,1122,L.6,F.82R-82V
1587-02-03 , Madrid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//SANTO_DOMINGO,1122,L.6,F.82R-82V
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