Expedientes de reclamación sobre bienes embargados
1937 - 1960
Serie
ES./12
Entre los años 1939 y 1942, las actuaciones que conllevaban embargo de bienes por responsabilidades políticas se realizaban en primera instancia por el Juzgado Civil Especial creado para ello en la Ley de Responsabilidades Políticas. Sus resoluciones podían ser apeladas o reclamadas sin posibilidad de recurso ante la Sala Especial de la Audiencia Territorial, también creada en virtud de la misma ley. Sus actuaciones quedaban reguladas en los artículos 72 a 78 de la Ley de 9 de febrero de 1939, por el que se establecía el procedimiento de reclamaciones por parte de terceros y tercerías.
Una vez suprimido el Juzgado Civil Especial y la Sala Especial a mediados de 1942, la ejecución de los embargos pasó a ser competencia de los juzgados de primera instancia e instrucción, pudiendo ser apeladas o reclamadas sus resoluciones ante el Tribunal Nacional de Responsabilidades, por lo que cesa la producción documental en la Audiencia Provicinal de Valladolid de este tipo de documentos.
Por tanto, fuera de ese período de tiempo, tan sólo se conservan algunos expedientes de reclamación de embargos que fueron remitidos a principios de los años 60 a la Audiencia Provincial de Valladolid desde la Comisión Liquidadora de Responsabilidades Políticas.
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Español (Alfabeto latino).
Comisión Liquidadora de Responsabilidades Políticas (España)
Bueno