Asuntos de gobierno relativos a la provincia de Nueva Vizcaya
GUADALAJARA,232,L.9,F.81V-83V
1702-08-10 , Madrid
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ES.41091.AGI/24//GUADALAJARA,232,L.9,F.81V-83V
El primero, sobre que se obligue a los indios conquistados a que edifiquen casas, se apliquen al cultivo de los campos y a la crianza de ganados; el segundo, para que se funden diferentes poblaciones en los presidios, enviando desde España familias competentes para ellas; el tercero, acerca de lo desatendidos que están los mineros de la provincia, expresando los informantes que por influencia del gobernador Gabriel del Castillo y de capitán Juan [Fernández] de Retana, se había demolido una hacienda de minas que había empezado a beneficiar Francisco González [Ramírez]; y el cuarto, sobre la pretensión de los oficiales reales de Durango de que se les releve de la obligación de pasar a la Caja del Parral, en conformidad con la alternativa.
Sobre el primer punto, comunica que se ha dado orden al virrey de que haga que se obligue a los indios conquistados a edificar casas, a que cultiven los campos y a la crianza de ganado y que se les repartan tierras en la forma que está dispuesto por la ley, debiendo ejecutar esto en la parte que le corresponda.
Sobre el segundo punto, se ha considerado lo propuesto y, no siendo posible llevarlo a la práctica a causa de los crecidos gastos que tendría, le comunica que ha encargado al virrey para que haga que se funde y establezca una población con el nombre de San Felipe en el paraje más acomodado y cercano a los caminos, y que procure que se hagan otras a continuación de ésta, enviando para ellas la gente de la tierra que se le previene, haciendo que se les repartan tierras en la forma en que está prevenido y dispuesto por las leyes.
Respecto al tercer punto, se ha extrañado mucho que el gobernador Gabriel del Castillo permitiese la demolición de la hacienda de minas de Francisco González [Ramírez], ordenándole que se arregle en ello a lo dispuesto en la ley 10, libro 6 de la Recopilación, procurando siempre el aumento y conservación de las minas.
En cuanto al cuarto punto sobre la pretensión de los oficiales reales de Durango, le comunica que no se aprueba por ahora, mandándole que se lo haga entender así para que observen lo resuelto y hagan la alternativa en la Caja del Parral, por la satisfacción que tiene de su proceder y que no conviene que se haga novedad en esto.
Notas al margen: "Duplicado"; "Corregido"
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