Norma
Real Decreto de 25 de octubre de 1820 sobre monasterios y conventos
1820-10-25
Fecha del evento: 1820 - 1823
Publicada en Gazeta del Gobierno núm. 123, de 29 de octubre de 1820, página 544. Se enmarca en el contexto de la política religiosa de los gobiernos del Trienio Liberal y que llevó, entre otras cosas, a la supresión de la Compañía de Jesús en 15 de agosto de 1520. Articulada en 30 apartados abordaba tres aspectos fundamentales: las comunidades suprimidas, las comunidades reformadas y el destino de los bienes de las primeras.
La supresión afectó a los monasterios de las órdenes monacales, los canónigos regulares de San Benito, San Agustín y premostratenses; a los conventos de las Órdenes Militares, además de las de San Juan de Jerusalén, San Juan de Dios y hospitalarios. En relación a los reformados, estos pasaban a depender de los obispos, y se arbitraban medidas para limitar tanto el número de religiosos, como el número de conventos. Los bienes pasaban al crédito público y los jefes políticos de las provincias debían acometer un inventario con los objetos artísticos requisados, mientras que los objetos de culto se entregaban a los obispos para su distribución entre las parroquias de la diócesis.