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1218
La fundación de la orden de la Merced tiene lugar el 10 de agosto de 1218 en la catedral de Barcelona y se realiza a inspiración de Pedro Nolasco, que contó con el apoyo de Jaime I y San Raimundo de Peñafort. El hábito lo dio el obispo Berenguer de Palar y en un primer momento lo tomaron hombres pertenecientes a la alta nobleza catalana. La confirmación papal vino de la mano de Gregorio IX, el 17 de enero de 1235. Se establece que la orden debía encargarse de la redención de cristianos cautivos del islam, incluyendo un cuarto voto que les obliga a derramar su sangre si es necesario.
La orden se denominó al principio con varios nombres: "Orden de la limosna de los cautivos", "Orden de Santa Eulalia", "Orden de Santa María de la Merced" y "Orden de la Misericordia de los cautivos". Finalmente la curia romano impuso "Orden de la Merced". Aunque los mercedarios nacieron como orden militar, nunca lo fueron, ya que en muy contadas ocasiones participaron en eventos bélicos, no obstante mantuvieron la pretensión militar hasta el siglo XIV, más concretamente hasta 1317, cuando el capítulo general elige como Maestre General al clérigo Raimundo Albert, lo que provocó las protestas de los caballeros laicos, que hasta ese momento habían copado los puestos más importantes.
El papa Juan XXII ratificó a Raimundo Albert como superior, por lo que los caballeros abandonaron la orden y se integraron en la de Montesa, cambiando para siempre la naturaleza de los mercedarios, que a partir de este momento se acercarían más al espíritu mendicante. En 1690 el papa Alejandro VIII concede a los mercedarios los privilegios de las órdenes regulares y en 1725 Benedicto XII les concede los privilegios de las órdenes mendicantes. Desde este momento el crecimiento de la orden, que ya contaba con 50 casas, fue mucho mayor y en el siglo XVII habían llegado a 6 provincias en España y dos viceprovincias en Europa, con un total de 112 conventos y más de tres mil religiosos. En América existían ocho provincias y una viceprovincia con 190 conventos y 4000 religiosos.
Los inicios de la reforma en la orden hay que buscarlos en la figura de fray Juan Bautista del Santísimo Sacramento, que promovió un regreso al espíritu más primigenio de la orden. En el capítulo general de Guadalajara (1603), se acordó la creación de una rama recoleta. Años más tarde, en 1621, se producía la división definitiva entre calzados y descalzos.
El siglo XIX trajo a España una serie de avatares políticos que afectaron al conjunto de órdenes religiosas españolas, cuyos conventos fueron exclaustrados en varias ocasiones y sus bienes desamortizados. En 1808 José I Bonaparte se sentaba en el trono español y estallaba la Guerra de la Independencia (1808-1814), en este periodo las órdenes religiosas fueron suprimidas a partir de un Real Decreto de 1809, muchos mercedarios abandonaron sus conventos, los cuales fueron destrozados por la guerra, a la vez que era expoliado su patrimonio.
Con la vuelta de Fernando VII al trono las órdenes religiosas fueron rehabilitadas y los conventos devueltos, pero en 1820 el pronunciamiento de Riego trajo el Trienio Liberal (1820-1823) durante el cual se promulgó la Ley sobre monasterios y conventos, por la que muchos conventos fueron exclaustrados de nuevo.
La restitución del reinado de Fernando VII hizo que se interrumpiese el proceso, pero varios años más tarde, en 1835 se produce un nuevo proceso de exclaustración que cierra definitivamente la práctica totalidad de conventos masculinos españoles. Posteriormente los bienes eclesiásticos fueron adquiridos por el estado y vendidos en subasta pública durante la llamada desamortización de Mendizábal. A finales del siglo XIX fue rehabilitada la orden mercedaria en España, donde a día de hoy continúa tiendo presencia.
Real Decreto de 18 de agosto de 1809 disponiendo que todas las órdenes regulares, monacales, mendicantes y clericales existentes en los dominios de España queden suprimidas, según se expresa. BOE núm. 234, de 21 de agosto de 1809, páginas 1043 a 1044.
Ley sobre monasterios y conventos de 25 de octubre de 1820. BOE núm. 123, de 29 de octubre de 1820, página 544.
Real Decreto de 25 de julio de 1835 suprimiendo los monasterios y conventos de religiosos que no tengan 12 individuos profesos, de los cuales las dos terceras partes a lo menos sean de coro. BOE núm. 211, de 29 de julio de 1835, páginas 841 a 842.
Real Decreto de 11 de octubre de 1835 suprimiendo los monacales. BOE núm. 292, de 14 de octubre de 1835, página 1157.
Real decreto suprimiendo todos los monasterios, conventos, colegios, congregaciones y demás casas de comunidad ó de instituto religioso de varones, inclusas las de clérigos seculares, y de las de las cuatro órdenes militares y S. Juan de Jerusalén, existentes en la Península, islas adyacentes y posesiones de España en África. Gaceta de Madrid núm. 444, de 10 de marzo de 1836, páginas 1 a 3.
PARES: ES.28079.AHN/5.1.3.0//CODICES,L.564
Martínez Ruiz, Enrique (dirección): Diccionario de historia moderna de España. I. La Iglesia.- Madrid, Ediciones ITSMO, 1998.
ALDEA VAQUERO, Quintín; Tomás MARÍN MARTÍNEZ; José VIVES GATELL. Diccionario de historia eclesiástica de España. Madrid: Instituto Enrique Flórez - CSIC, 1972-1987.